o. Composición de la Junta Directiva. - La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica - ICEL estará integrada por cinco (5) miembros, así: -El Ministro de Minas y Energía o su delegado, quien la presidirá; -El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado; -El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado; - Un miembro con su respectivo suplente personal designados por el Presidente de la República, procurando dar representación a las zonas no interconectadas ubicadas fuera del área de cubrimiento de las entidades electrificadoras; - Un miembro con su respectivo suplente personal designados por el Presidente de la República de ternas que presenten la Sociedad Colombiana de Ingenieros y la Asociación de Ingenieros Eléctricos, Mecánicos y Afines - ACIEM.
Decreto 2120 de 1992 →Vigente
Artículo 3
O
Decreto 2120 de 1992 · Por el cual se modifican los estatutos básicos del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica -ICEL-
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.