Micelio

Artículo 7

º Además De Las Funciones Señaladas A Los Consejos Asesores En El Artículo 5º, El De La Intendencia Especial De San Andrés Y Providencia Cumplirá Las Siguientes Teniendo Siempre En Cuenta Las Apreciaciones De La Comunidad Sobre Diseño, Ejecución Y Evaluación De Sus Programas Educativos: A) Estudiar En Coordinación Con La Secretaría De Educación Intendencial, Y El Centro Experimental Piloto Regional, Las Condiciones De La Prestación De Los Servicios De Educación En El Territorio De Las Islas, En Todos Los Niveles Y Grados Y Formular Las Propuestas Que Estime Aconsejables Para El Mejoramiento De Los Métodos Pedagógicos Empleados, Del Contenido De Los Currículos, De La Calificación Y Competencia Del Personal Docente Y De La Progresiva Adecuación De La Planta Y De Los Demás Recursos Físicos

Decreto 473 de 1986 · por el cual se dicta el régimen para la protección y conservación del Patrimonio Cultural de la población nativa de las Intendencias y Comisarías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Además de las funciones señaladas a los Consejos Asesores en el artículo 5º, el de la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia cumplirá las siguientes teniendo siempre en cuenta las apreciaciones de la comunidad sobre diseño, ejecución y evaluación de sus programas educativos

a)

Estudiar en coordinación con la Secretaría de Educación Intendencial, y el Centro Experimental Piloto Regional, las condiciones de la prestación de los servicios de educación en el territorio de las Islas, en todos los niveles y grados y formular las propuestas que estime aconsejables para el mejoramiento de los métodos pedagógicos empleados, del contenido de los currículos, de la calificación y competencia del personal docente y de la progresiva adecuación de la planta y de los demás recursos físicos.

b)

Proponer un currículo especial para la educación primaria que tome en consideración las características culturales y lingüísticas de la población del Archipiélago.

c)

Formular recomendaciones orientadas a mejorar la calidad de los programas generales de carácter educativo, cultural o recreativo que se adelanten por las Casas de la Cultura o se transmitan por el canal regional de televisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 473 de 1986