°. Modifícase el artículo 2° del Decreto número 2551 de 2012, el cual quedará así: “ Artículo 2 ° . Vigencia y monto de las operaciones de redescuento. Las operaciones de redescuento enunciadas en el presente decreto, se podrán otorgar únicamente durante el período comprendido entre la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2018, hasta por un monto total de doscientos mil millones de pesos ($200.000.000.000) moneda corriente”.
Decreto 2460 de 2014 →Vigente
Artículo 1
Modifícase El Artículo 2° Del Decreto Número 2551 De 2012, El Cual Quedará Así: “ Artículo 2 °
Decreto 2460 de 2014 · por medio del cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 2551 de 2012.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.