Micelio

Artículo 2

º Colaboracion

Decreto 2300 de 1987 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Intendenciales y Comisariales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º COLABORACION. Los Intendentes y Comisarios dispondrán lo necesario para el adecuado y eficaz desarrollo de las funciones asignadas por la ley a los Consejos e incluirán en los proyectos de presupuesto las partidas que aseguren el pago de los emolumentos de los Consejeros y los demás gastos de las Corporaciones y de sus Secretarías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1987