Micelio

Artículo 97

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena será competente para conocer toda controversia que surja con motivo de la aplicación o interpretación del Acuerdo Constitutivo o del Acuerdo Operativo, así como de las normas que de ellos deriven o se pongan en vigencia para la organización y funcionamiento de la OATS, así como de las obligaciones y derechos contractuales con terceros, cuando así se estipule en tales contratos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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