° Los representantes de los trabajadores y de los empleadores que sean elegidos de conformidad con el procedimiento establecido en el Decreto 2769 de 1991 deberán tomar posesión de sus respectivos cargos ante el Superintendente Bancario. Si vencidos dos (2) meses desde la fecha de la elección, ninguno de los representantes de los trabajadores electos hubiere dado cumplimiento al requisito de que trata el inciso anterior, o si la Superintendencia Bancaria hubiere negado la posesión tanto del principal como del suplente, el representante legal de la sociedad deberá proceder a convocar una nueva asamblea, en los términos previstos en el artículo 3° del Decreto 2769 de 1991, para la elección del representante o representantes de los trabajadores que deban reemplazar a aquél o aquellos que no tomaron posesión de sus cargos.
Decreto 545 de 1993 →Vigente
Artículo 2
Los Representantes De Los Trabajadores Y De Los Empleadores Que Sean Elegidos De Conformidad Con El Procedimiento Establecido En El Decreto 2769 De 1991 Deberán Tomar Posesión De Sus Respectivos Cargos Ante El Superintendente Bancario
Decreto 545 de 1993 · por el cual se dictan normas relacionadas con la elección de los representantes de los trabajadores en las Juntas o Consejos Directivos de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.