Los Usuarios Subdistribuidores Deberán Exigir Al Consumidor Final Los Siguientes Documentos: A) Nombre, Documento De Identificación Y Dirección; B) Certificado De La Cámara De Comercio, Si Es Persona Jurídica, Con Una Vigencia No Mayor A 30 Días De Expedido; C) Plan Anual De Compras De La Sustancia Solicitada; F) Lugar De Almacenamiento Y Las Medidas De Seguridad A Emplear
Decreto 334 de 2002 · Por el cual se establecen normas en materia de explosivos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Los Usuarios Subdistribuidores deberán exigir al Consumidor final los siguientes documentos
a)
Nombre, documento de identificación y dirección;
b)
Certificado de la Cámara de Comercio, si es persona jurídica, con una vigencia no mayor a 30 días de expedido;
c)
Plan anual de compras de la sustancia solicitada; f) Lugar de almacenamiento y las medidas de seguridad a emplear.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.