°. Practicadas que sean las diligencias de que se ha hecho mención, el descubridor podrá proponer el Gobierno el contrato de explotación en los términos que se previenen en el artículo 2º de la Ley 67 de 1924.
Decreto 1305 de 1925 →Vigente
Artículo 4
Practicadas Que Sean Las Diligencias De Que Se Ha Hecho Mención, El Descubridor Podrá Proponer El Gobierno El Contrato De Explotación En Los Términos Que Se Previenen En El Artículo 2º De La Ley 67 De 1924
Decreto 1305 de 1925 · Por el cual se reglamentan la Ley 64 de 1915 y la 67 de 1924, en lo relacionado con el descubrimiento de minas de sal o fuentes saladas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.