FUNCIONES DEL GERENTE. Son funciones del Gerente:
Dirigir la elaboración de los planes y programas de desarrollo y operación de la Zona Franca y controlar su ejecución;
Ejecutar las decisiones de la Junta Directiva;
Dirigir, coordinar, organizar, controlar y vigilar el personal de la organización la ejecución de las funciones que atañen a éste, y la suscripción, como representante legal, de los actos y contratos.
Cuando por razón de la cuantía se requiera licitación, se necesitará concepto previo favorable de la Junta Directiva;
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que rigen para la Zona Franca;
Proponer a la Junta Directiva la Planta de Personal de la Zona Franca, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes sobre la materia;
Nombrar, dar posesión y remover el personal al servicio de la Zona Franca, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias;
Proponer a la Junta Directiva las modificaciones presupuestales que se consideren necesarias para la óptima realización de las actividades de la entidad;
Someter al proyecto de presupuesto anual de ingresos, inversiones y gastos, al estudio y aprobación de la Junta Directiva y presentarlo a consideración del Ministerio de Desarrollo Económico;
Rendir informes a la Oficina de Planeación del Ministerio de Desarrollo Económico en la forma de que éste lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas que corresponden al organismo;
y al Presidente de la República, a través del Ministro respectivo, los informes generales y periódicos o particulares que se le soliciten sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política del Gobierno;
Presentar a la Junta Directiva los balances mensuales y los informes adicionales que ella solicite;
Representar las acciones, cuotas o partes de interés que posea la Zona Franca de cualquier sociedad;
Constituir mandatarios que representen a la Zona Franca en asuntos Judiciales o extrajudiciales;
ll) Imponer sanciones a los usuarias de la Zona Franca de acuerdo con lo estipulado en el artículo 22 de la Ley número 109 de 1985;
Ejercer el debido control y vigilancia de las empresas que se instalen y las personas que ingresen a las áreas de la respectiva Zona, con el fin de constatar el cumplimiento estricto ce las normas y los reglamentos sobre la materia;
Dirigir los programas de promoción y asesoría que debe desarrollar la Zona Franca para el cumplimiento de sus objetivos;
ñ) Velar por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de la Zona;
Delegar en los Subgerentes algunas de las funciones asignadas, previa autorización de la Junta Directiva;
Expedir certificados que garanticen a los bancos y entidades financieras la retención de maquinaria y equipo hasta tanto sea liberado por las respectivas entidades creditarias;
coordinar planes de acción con otras entidades del sector público y privado, tendientes a cumplir las condiciones para el desarrollo industrial del área de influencia;
organizar, dirigir y controlar los sistemas necesarios para la autorización de funcionamiento de las sociedades o empresas usuarias de la zona y determinar la modalidad de facturación de las mismas;
rr) suscribir conforme a la ley y previa autorización de la junta directiva, los convenios o contratos necesarios; para la asociación con establecimientos públicos o con personas de capital mixto o privado para constituir empresas encargadas de prestar servicio a sus usuarios o desarrollar actividades que redunden en beneficio de los mismos. Dichas empresas deberán funcionar únicamente dentro del área de la respectiva zona franca;
someter a consideración de la junta directiva las solicitudes de inscripción de empresas a desarrollar proyectos de inversión industrial o comercial en la zona franca.