Articulo 145 . El Plan de Reconstrucción reglamentara el uso de la tierra en el área del Centro Histórico pudiendo establecer normas que, asegurando la conservación de su estilo tradicional, permitan su aprovechamiento óptimo y eviten su deterioro.
Decreto 2709 de 1983 →Vigente
Artículo 145
Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.