°. Despacho de la Dirección del Departamento . Son funciones del despacho del Director, además de las que le señalan la Constitución y el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes
Formular, implementar, hacer seguimiento y evaluar las políticas en los temas de competencia del Departamento, bajo la dirección del Presidente de la República.
Diseñar, adoptar y hacer seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.
Impartir las directrices para articular la gestión del Departamento y las entidades del Sector Inclusión Social y Reconciliación, en la prestación de los servicios a su cargo.
Ejercer la representación legal del Departamento.
Direccionar y articular la oferta social del Estado para el desarrollo de la política de inclusión social y reconciliación en el marco de las competencias de la atención de grupos vulnerables y víctimas del conflicto armado.
Dirigir e impulsar proyectos de ley y actos legislativos en las materias relacionadas con los objetivos, misión y funciones del Departamento, para ser presentados por el Gobierno nacional ante el Congreso de la República.
Orientar y articular las estrategias tendientes a promover el fortalecimiento institucional de los diferentes actores locales públicos, privados y/o comunitarios, para la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos a cargo del Sector de Inclusión Social y Reconciliación y Sistema de Transferencias.
Liderar y orientar las acciones de gestión de desempeño institucional del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.
Impartir directrices para la coordinación de las actividades del Departamento, en lo relacionado con sus objetivos y funciones, con las entidades públicas del Orden Nacional, del sector central y del descentralizado, los entes territoriales y sus entidades adscritas y vinculadas.
Crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los objetivos, políticas, planes y programas del Departamento.
Ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios y contratos, para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas al Departamento Administrativo.
Dirigir y orientar la función de planeación del sector administrativo a su cargo y hacer seguimiento a los planes, programas y proyectos.
Orientar, dirigir y controlar la gestión de la información a cargo del Departamento.
Conocer en segunda instancia los procesos disciplinarios de la entidad; resolver los recursos de apelación y queja, decidir los impedimentos, recusaciones y la consulta y prórroga de suspensión provisional, que se presenten en cualquier etapa de los procesos disciplinarios.
Ejercer la facultad nominadora de los servidores del Departamento.
Liderar e implementar estrategias, procedimientos, mecanismos e instrumentos para hacer más eficientes las actividades de Relacionamiento con la Ciudadanía incluyendo la atención de las PQRSD.
Atender los lineamientos del Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano y de la Política Nacional de Servicio al Ciudadano.
Impartir las directrices para la ejecución de los recursos de los fondos que dispongan las normas jurídicas competentes.
Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.