Artículo Segundo. La Dirección General de Aeronáutica Civil, al resolver las solicitudes que se le dirijan para efectuar vuelos al Exterior por empresas de transportes aéreos comerciales, tendrá en cuenta que la entidad peticionaria se ajuste a los requisitos prescritos en el Manual de Reglamentos del ramo para las empresas "regulares".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.