Micelio

Artículo 74

Decreto 339 de 1905 · Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 74. Los cómplices, encubridores ó auxiliadores de los fraudes á la Renta de Licores incurrirán en las penas siguientes: Los cómplices serán castigados con las dos terceras partes de la pena impuesta al autor ó autores; los encubridores sufrirán una pena que no sea menor de la cuarta parte, ni mayor de la mitad de la que corresponde al autor ó autores; los auxiliadores serán castigados con una pena que no sea menor de la mitad ni mayor de las dos terceras partes de la impuesta al autor ó autores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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