Las modificaciones a las plantas de personal de las entidades pertenecientes a la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse expresamente y fundarse en las necesidades del servicio o en razones que propendan por la modernización de la institución, las cuales estarán soportadas en estudios técnicos que así lo demuestren.
Decreto 1572 de 1998 →Vigente
Artículo 148
Las Modificaciones A Las Plantas De Personal De Las Entidades Pertenecientes A La Rama Ejecutiva De Los Órdenes Nacional Y Territorial Deberán Motivarse Expresamente Y Fundarse En Las Necesidades Del Servicio O En Razones Que Propendan Por La Modernización De La Institución, Las Cuales Estarán Soportadas En Estudios Técnicos Que Así Lo Demuestren
Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.