Micelio

Artículo 8

En Todas Las Desmotadoras Se Construirán Los Depósitos O Bodegas Que Sean Necesarios Para Facilitar La Separación Estricta De Los Algodones, Por Procedencias Regionales Y Variedades, Y El Desmote Se Hará Conservando Las Mismas Seriaciones

Decreto 87 de 1943 · Por el cual se deroga el Decreto número 1751 de 1942 y se dictan otras disposiciones sobre algodón

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En todas las desmotadoras se construirán los depósitos o bodegas que sean necesarios para facilitar la separación estricta de los algodones, por procedencias regionales y variedades, y el desmote se hará conservando las mismas seriaciones. El algodón desmontado deberá clasificarse de acuerdo con los tipos establecidos en el decreto 2263 de 1941, y la marca que se le ponga a cada paca deberá contener, además de su indicación de tipo o grado, la variedad y procedencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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