Traslado . Presentada la demanda con arreglo a la ley, el juez la admitirá y correrá traslado de ella como se dispone a continuación
Tratándose de sociedad colectiva, de responsabilidad limitada, en comandita simple o de hecho, a los demás socios por cinco días.
Tratándose de sociedad anónima, por treinta días a su representante, quien llevará la personería de los socios hasta cuando la asamblea de accionistas designe uno especial para el proceso, por acto en el cual no podrá votar el socio demandante. Copia en papel común de la demanda y del auto admisorio se enviará al revisor fiscal de la sociedad y a la superintendencia competente, a fin de que convoque asamblea general.
Tratándose de sociedad en comandita por acciones, a los socios gestores y a los comanditarios, por cinco días.