º Los alumnos de la Escuela Militar que se retiren de ella en buenas condiciones, tendrán derecho a que se les expida libreta militar de servicio militar en la siguiente forma
Los que se retiren después de haber presentado las revistas correspondientes, en el primer año de estudios: como reservistas de primera clase;
Los que hayan cursado dos años: como reservistas de primera clase en los grados de Cabo 2º o Cabo 1º, según sus capacidades militares, y
Los que hayan cursado tres años: como reservistas de primera clase en los grados de Sargentos 2º o Sargento 1º según sus capacidades militares.
La Dirección General del Servicio Territorial y de Reemplazos queda facultada para destinar a los alumnos a que se refiere este artículo, a los Cuerpos de Infantería del Ejército terrestre.