Micelio

Artículo 9

Decreto 1254 de 1949 · Por el cual se toman medidas sanitarias en defensa de la industria pecuaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno . Los gastos que se originen por cuarentenas, desinfecciones, manutención, sacrificio de animales y cualquier otro motivado por la sujeción a las medidas de este Decreto o .sus reglamentos, estarán a cargo de los propietarios de los animales o sus representantes.

Parágrafo 1

Igualmente estarán a cargo de los dueños o sus representantes, tos gastos que exigieren las desinfecciones y controles sanitarios de productos de origen animal, forrajes, atalajes y titiles, buques o vehículos, establos, locales de exposición o venta, alojamientos o depósitos, cuando tales medidas fueren aplicarlas en desarrollo de disposiciones de sanidad animal.

Parágrafo 2

El valor de los servicios a que se refiere este artículo, será señalado para cada uno de ellos por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. CAPITULO II Importación .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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