Artículo único. Adicionase la partida votada en el Presupuesto de la vigencia en curso para el Departamento de Relaciones Exteriores, Capitulo 3°, servicio diplomático, con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30,000).
Decreto 437 de 1886 →Vigente
Artículo 1
Decreto 437 de 1886 · Por el cual se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos de la vigencia en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.