La Sección de Ejecución y Control del Presupuesto tendrá las siguientes funciones
Llevar los libros de movimiento de las apropiaciones anuales de la Presidencia, el movimiento del acuerdo de ordenación y el de obligaciones, giros y reservas por contratos y pedidos, y preparar la reserva anual sobre apropiaciones;
Preparar las órdenes de pago definitivas, las órdenes de anticipo y las relaciones de autorización para atender el pago de los gastos de la Presidencia en Bogotá o fuera de la capital;
Preparar las solicitudes de reservas a la Contraloría General de la República para separar los contratos o pedidos que deben pagarse con cargo a las apropiaciones de la Presidencia;
Tramitar los pagos a terceros, visar los documentos que se relacionen con la inversión de fondos, y, en general, atender a la buena ejecución del Presupuesto;
Informar permanentemente al Secretario General y al Jefe de la Sección de Administración sobre la disponibilidad de fondos;
Comunicar oportunamente el cese de cualquier contrato o compromiso que se esté cumplimiento por la Tesorería, e informar cada mes a la Dirección Nacional del Presupuesto sobre el movimiento de fondos y actividades de su dependencia;
Preparar para el Jefe de la Sección de Administración, los documentos necesarios para contestar los reparos que formule la Contraloría General de la República y que tengan relación con la ordenación de gastos;
Confeccionar el proyecto de presupuesto de gastos de la Presidencia y someterlo a la consideración del Secretario General, por conducto del Jefe de la Sección de Administración;
Elaborar los proyectos de traslados presupuestales;
Formar y mantener al día el inventario de bienes de la Presidencia de la República;
Llevar la contabilidad general de la Presidencia. Las funciones de esta Sección se cumplirán de acuerdo con las normas que imparta la Dirección Nacional del Presupuesto.