º El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dispondrá que se haga una edición de bonos colombianos de deuda interna, 10 por 100, semejantes en su leyenda y cupones a los que autorizó la Ley 23 de 1918, de los valores y en la cantidad que estime necesaria, para poder cumplir con el Contratista lo previsto en la letra, c) de la Cláusula 4ª del contrato aprobado por la Ley 93 de 1923.
Artículo 1
El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Dispondrá Que Se Haga Una Edición De Bonos Colombianos De Deuda Interna, 10 Por 100, Semejantes En Su Leyenda Y Cupones A Los Que Autorizó La Ley 23 De 1918, De Los Valores Y En La Cantidad Que Estime Necesaria, Para Poder Cumplir Con El Contratista Lo Previsto En La Letra, C) De La Cláusula 4ª Del Contrato Aprobado Por La Ley 93 De 1923
Decreto 227 de 1924 · Por el cual se reglamenta la Ley 96 de 1923, en lo relativo a los bonos de que trata la cláusula 4a del contrato aprobado por dicha Ley
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.