Se atribuyen a nivel nacional las frecuencias 6215 kHz, 6312 kHz, 6313 kHz, 6314 kHz, 6268 kHz para el servicio auxiliar de ayuda del servicio móvil marítimo. Se utiliza la frecuencia portadora de 6215 kHz, además de la frecuencia portadora de 2182 kHz, para socorro y seguridad, así, como para llamada y respuesta; esta frecuencia se utiliza también para trafico de socorro y seguridad en radiotelefonía. Las condiciones de utilización de la frecuencia portadora 6215 kHz están descritas en los artículos S31 y S52 y en el Apéndice S13 del RR. La frecuencia 6312 kHz es frecuencia internacional de socorro para la llamada selectiva digital. Las condiciones de utilización de esta frecuencia están descritas en el artículo S31 del RR. La frecuencia 6314 kHz es una frecuencia internacional de transmisión de información relativa a la seguridad marítima (MSI). (Véase la Resolución 333 (Mob-87) y el apéndice S17). La frecuencia 6268 kHz es frecuencia internacional de socorro para telegrafía de impresión directa de banda estrecha. Las condiciones de utilización de esta frecuencia están descritas en el artículo S31 del RR.
Decreto 2061 de 1996 →Vigente
Artículo 30
Decreto 2061 de 1996 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil marítimo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.