Micelio

Artículo 12

Oficina De Control Interno Disciplinario

Decreto 1075 de 2023 · Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno Disciplinario . Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes

1.

Proponer a la Subdirección de Talento Humano las medidas de prevención, los programas y las estrategias de divulgación orientadas a la lucha contra la corrup­ción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio pú­blico transparente, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con el Código de Integridad y el Código General Disciplinario, hasta la notificación del pliego de cargos o de la decisión del archivo.

2.

Conocer, sustanciar e instruir de oficio, por denuncia, queja o informe de ser­vidor público, los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de ser­vidores y exservidores de la entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario.

3.

Informar a la Procuraduría General de la Nación la apertura de las investigacio­nes disciplinarias para lo de su competencia, teniendo en cuenta las normas que rigen la materia.

4.

Notificar y comunicar las decisiones que se adopten en la etapa de instrucción; especialmente, informar que, notificado el pliego de cargos, el proceso continua­rá en otra dependencia, con base en las funciones y competencias de la entidad y el régimen disciplinario vigente.

5.

Remitir a la Oficina Jurídica los procesos disciplinarios en los que se dicte pliego de cargos, de acuerdo con la normativa vigente.

6.

Mantener, custodiar y actualizar los archivos y registros de los procesos discipli­narios, en concordancia con la política de gestión de la información de la entidad.

7.

Presentar informes de sus actuaciones a los organismos de control cuando sean requeridos, con base en los procesos institucionales.

8.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institu­cional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

9.

Las demás que le sean asignadas y que le correspondan por su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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