Llevarán estampillas por valor de un peso, los documentos, actos y diligencias que a continuación se expresan: 1º El auto ejecutivo en las demandas de mayor cuantía. 2º El auto por desistimiento en las demandas de mayor cuantía. 3º Los poderes otorgados en el Extranjero. 4º Cada tiquete de pasaje de los puertos marítimos colombianos a los extranjeros, cuyo valor no baje de veinte pesos ni exceda de cincuenta. 5º Cada una de las hojas de los testamentos cerrados y sus cubiertas, cuando sean protocolizados.
Decreto 894 de 1915 →Vigente
Artículo 24
Llevarán Estampillas Por Valor De Un Peso, Los Documentos, Actos Y Diligencias Que A Continuación Se Expresan: 1º El Auto Ejecutivo En Las Demandas De Mayor Cuantía
Decreto 894 de 1915 · Orgánico del impuesto de papel sellado y timbre nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.