Articulo 1º Mientras dura la actual situación internacional, los administradores de aduana permitirán la exportación, libre de toda participación nacional del dividivi, que les comprueben procede del departamento del Atlántico o de la comisaria especial de La Guajira.
Decreto 1373 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Mientras Dura La Actual Situación Internacional, Los Administradores De Aduana Permitirán La Exportación, Libre De Toda Participación Nacional Del Dividivi, Que Les Comprueben Procede Del Departamento Del Atlántico O De La Comisaria Especial De La Guajira
Decreto 1373 de 1943 · Por el cual se reglamenta la explotación de dividivi en el Departamento del Atlántico y Comisaría Especial de La Guajira
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.