Micelio

Artículo 5

º

Decreto 2759 de 1991 · por el cual se organiza y establece el régimen de referencia y contrarreferencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De la remisión en caso de urgencias . Las entidades públicas o privadas del sector salud, que hayan prestado la atención inicial de urgencias, deben garantizar la remisión adecuada de estos usuarios hacia la institución del grado de complejidad requerida, que se responsabilice de su atención.

Parágrafo

Las entidades del subsector oficial que hayan prestado la atención inicial de urgencias remitirán al usuario cubierto por la seguridad social, a la institución de salud correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2759 de 1991
Artículo 5 · Decreto 2759/91 — Micelio