Micelio

Artículo 2

El Sueldo Mensual De Cada Uno De Los Agentes De Que Se Trata Será De Cincuenta Y Cinco Pesos ($ 55)

Decreto 774 de 1934 · Por el cual se crean unas plazas de agentes en la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El sueldo mensual de cada uno de los Agentes de que se trata será de cincuenta y cinco pesos ($ 55).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 774 de 1934