Micelio

Artículo 1

Nómbrese Como Ministro De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones Ad Hoc Al Doctor Santiago Rojas Arroyo, Ministro De Comercio, Industria Y Turismo, Para Conocer Y Decidir Sobre Los Asuntos, En Calidad De Fideicomitente, De Los Negocios Fiduciarios Par Y Parapat, Y Las Decisiones Que Se Deban Adoptar En Los Patrimonios Autónomos Que Manejan El Contrato De Explotación Con Colombia Telecomunicaciones Y Los Bienes Afectados Al Servicio (Parapat) Y Los Remanentes De Telecom (Par), A Través Fiduciarias Del Estado

Decreto 2492 de 2013 · por el cual se designa Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ad hoc.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Nómbrese como Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ad hoc al doctor Santiago Rojas Arroyo, Ministro de Comercio, Industria y Turismo, para conocer y decidir sobre los asuntos, en calidad de fideicomitente, de los negocios fiduciarios PAR y Parapat, y las decisiones que se deban adoptar en los patrimonios autónomos que manejan el contrato de explotación con Colombia Telecomunicaciones y los bienes afectados al servicio (Parapat) y los remanentes de Telecom (PAR), a través fiduciarias del Estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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