Artículo primero. A partir del 1° de marzo del presente año, suprimense los siguientes cargos: 1 Trabajadora Social $ 200.00 Hospital Sanatorio Nacional de SantaClara 1 Chofer 210.00 Unidad Móvil Ferroviaria 1 Motorista Celador 300.00 Dispensario Antituberculoso de Tuluá 2 Hermanas enfermeras, a $ 100.00 cada una 200.00 1 Jardinero $ 100.00
Decreto 429 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 429 de 1957 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se fijan asignaciones en la Campaña Antituberculosa Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.