Micelio

Artículo 78

Los Clubes De Oficiales, Suboficiales, Agentes Y Personal No Uniformado, Dependerán De La Dirección General De La Policía Nacional Y Se Regirán Por Estatutos Elaborados Y Aprobados Por Resolución De La Misma

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Clubes de Oficiales, Suboficiales, Agentes y personal no uniformado, dependerán de la Dirección General de la Policía Nacional y se regirán por estatutos elaborados y aprobados por resolución de la misma.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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