Micelio

Artículo 5

Procedencia De La Deducción

Decreto 2733 de 2012 · por medio del cual se reglamenta el artículo 23 de la Ley 1257 de 2008

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Procedencia de la deducción. Para la procedencia de la deducción deben tenerse en cuenta los siguientes criterios

a)

Deberá solicitarse a partir del período gravable que corresponda a la vinculación directa de la trabajadora víctima de violencia comprobada y hasta por un término máximo de tres (3) años por cada trabajadora vinculada, si la relación laboral perdura tal como lo dispone la ley;

b)

El monto de la deducción será del 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o periodo gravable a partir del inicio de la relación laboral y hasta por un término máximo de tres (3) años si esta se mantiene;

c)

La deducción no se aceptará sobre los pagos realizados a trabajadores a través de empresas de servicios temporales;

d)

Es necesario que las decisiones y medidas en favor de la mujer víctima de la violencia, señaladas en el literal a) del artículo 3° del presente decreto, hayan sido dictadas con posterioridad a la expedición de la Ley 1257 de 2008 y que la vinculación laboral se haya iniciado después de la adopción de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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