FUNCIONES DE LA DIVISION ESPECIAL. Son funciones de la División Especial de Inversiones Extranjeras
Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las solicitudes que, conforme a la legislación que rige la materia, se deban someter a consideración del Departamento para realizar inversiones de capital extranjero en el país o de capital colombiano en el exterior, o para cambiar el titular o la destinación de las mismas.
Hacer un seguimiento permanente de las inversiones extranjeras en el país y de las colombianas en el exterior y presentar las recomendaciones necesarias para su adecuado control.
Establecer y mantener actualizado un sistema estadístico de las inversiones extranjeras efectuadas en el país y de las inversiones colombianas en el exterior.
Desarrollar actividades encaminadas a incentivar la inversión de capitales extranjeros en el país, sin perjuicio de las que en el mismo sentido cumplan otros organismos o entidades.
Promover y adelantar estudios encaminados a establecer mecanismos de promoción y atracción de las inversiones de capital extranjero que permitan o faciliten el desarrollo económico y social del país.
Identificar, seleccionar, sistematizar y promover entre potenciales inversionistas extranjeros y nacionales, proyectos nacionales de establecimiento o ensanche de empresas.
Buscar medios de identificación de eventuales inversionistas extranjeros, con el fin de vincularlos al país.
Elaborar e impulsar la realización de documentos orientados a la promoción de inversión de capital extranjero y nacional.
Promover y organizar reuniones y eventos que permitan la participación de empresarios e inversionistas locales y extranjeros, con miras a facilitar la realización de negociaciones entre ellos, sobre proyectos de establecimiento o ensanche de empresas en el país. DISPOSICIONES VARIAS