Micelio

Artículo 242

Si El Que Asare De Los Documentos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Fuere El Mismo Que Los Ha Falsificado, La Sanción Será La Establecida En El Artículo 233, Aumentada De Una Tercera Parte A La Mitad

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el que asare de los documentos a que se refiere el artículo anterior, fuere el mismo que los ha falsificado, la sanción será la establecida en el artículo 233, aumentada de una tercera parte a la mitad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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