Artículo segundo. Con el fin de vincular a la Universidad Pedagógica de Colombia, con sede en Tunja, a la experimentación de los nuevos planteles de estudio recomendados por el plan Integral de Educación, concédese el carácter de plantel piloto al Instituto de Bachillerato “Miguel Jiménez López”, anexo a la misma Universidad.
Decreto 3366 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3366 de 1959 · Por el cual se modifica el artículo 8º del Decreto número 1419 y se confiere el carácter de plantel piloto a un establecimiento de Educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.