Obligaciones a cargo del Ministerio del Trabajo. El Fondo de Pensiones Públicas (Fopep) asumirá el pago de las pensiones que estaban a cargo del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia y/o Foncolpuertos.
Los recursos destinados al pago de las pensiones que asuma el Fopep, correspondientes al Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, en liquidación, serán manejados en una cuenta independiente a los demás recursos del Fondo de Pensiones Públicas (Fopep). (Decreto 1982 de 1997, artículo 22)