Micelio

Artículo 3

La Universidad Industrial De Santander Dentro Del Marco De La Constitución Y Leyes De Colombia, Tiene Los Siguientes Objetivos: A) Promover El Conocimiento Y La Reafirmación De Los Valores De La Nacionalidad, La Conservación Y Aprovechamiento Racional De Los Recursos Naturales Y La Vinculación Integral De Los Colombianos A Los Beneficios Que Se Derivan Del Desarrollo Cultural, Científico Y Tecnológico; B) Propiciar Todas Las Formas Científicas De Análisis Del Conocimiento Y La Investigación, Garantizando La Libre Expresión De Toda Ideología Y La Libertad De Cátedra, Para Que En La Institución Se Conozcan Y Debatan Las Diferentes Corrientes Del Pensamiento; C) Permitir El Acceso A La Universidad De Quienes, Cumpliendo Los Requisitos Establecidos Por La Institución, Demuestren Poseer Capacidad Y Conocimientos Previos Para Recibir La Educación Superior, Sin Ninguna Limitación De Raza, Sexo, Origen, Clase Social Y Concepciones Religiosas Y Políticas; D) Hacer De La Universidad Un Centro Cultural Y Científico Al Servicio De La Sociedad, Autónomo Para Desarrollar Sus Programas Académicos Y De Extensión; E) Impartir Educación Superior Para Proporcionar Al País Profesionales De Alta Calidad Humana Y Científica Que Sean Gestores De Los Cambios Necesarios Para Lograr El Progreso De La Sociedad; F) De Acuerdo Con Las Posibilidades De La Universidad Atender La Demanda Social De Educación Superior, Ofreciendo Programas Académicos Acordes Con La Realidad Del País Y Sus Necesidades A Largo, Mediano Y Corto Plazo; G) Alcanzar Una Alta Calidad En Los Programas Académicos Promoviendo La Actualización Científica Y La Formación Pedagógica De Su Personal Docente; H) Contribuir Al Desarrollo Del País, Especialmente Del Oriente Colombiano, Mediante La Vinculación De Los Recursos Humanos Y El Aprovechamiento De Los Recursos Materiales De La Universidad En La Búsqueda De Soluciones A Las Necesidades De La Comunidad; I) Buscar La Cooperación De Las Universidades Colombianas Y Del Exterior Para Intercambiar Experiencias E Investigaciones Que Dedunden En Beneficio De Los Programas Que Imparte La Universidad

Decreto 3190 de 1981 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 065 de 1981, expedido por el Consejo Superior sobre adopción del Estatuto General de la Universidad Industrial de Santander

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Universidad Industrial de Santander dentro del marco de la Constitución y leyes de Colombia, tiene los siguientes objetivos

a)

Promover el conocimiento y la reafirmación de los valores de la nacionalidad, la conservación y aprovechamiento racional de los recursos naturales y la vinculación integral de los colombianos a los beneficios que se derivan del desarrollo cultural, científico y tecnológico;

b)

Propiciar todas las formas científicas de análisis del conocimiento y la investigación, garantizando la libre expresión de toda ideología y la libertad de cátedra, para que en la institución se conozcan y debatan las diferentes corrientes del pensamiento;

c)

Permitir el acceso a la Universidad de quienes, cumpliendo los requisitos establecidos por la Institución, demuestren poseer capacidad y conocimientos previos para recibir la Educación Superior, sin ninguna limitación de raza, sexo, origen, clase social y concepciones religiosas y políticas;

d)

Hacer de la Universidad un centro cultural y científico al servicio de la sociedad, autónomo para desarrollar sus programas académicos y de extensión;

e)

Impartir educación superior para proporcionar al país profesionales de alta calidad humana y científica que sean gestores de los cambios necesarios para lograr el progreso de la sociedad;

f)

De acuerdo con las posibilidades de la Universidad atender la demanda social de educación superior, ofreciendo programas académicos acordes con la realidad del país y sus necesidades a largo, mediano y corto plazo;

g)

Alcanzar una alta calidad en los programas académicos promoviendo la actualización científica y la formación pedagógica de su personal docente;

h)

Contribuir al desarrollo del país, especialmente del oriente colombiano, mediante la vinculación de los recursos humanos y el aprovechamiento de los recursos materiales de la Universidad en la búsqueda de soluciones a las necesidades de la comunidad;

i)

Buscar la cooperación de las universidades colombianas y del exterior para intercambiar experiencias e investigaciones que dedunden en beneficio de los programas que imparte la Universidad.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3190 de 1981