Micelio

Artículo 7

º Los Bienes Declarados En Abandono, Se Destinarán A: 1

Decreto 3158 de 1985 · Por el cual se establece el procedimiento para abandono de las mercancías en las zonas francas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los bienes declarados en abandono, se destinarán a

1.

Cancelar lo adeudado por bodegaje.

2.

Cancelar servicios prestados por entidades públicas.

3.

Pagar otras obligaciones con entidades en las que tenga participación el Estado.

4.

Pagar obligaciones con particulares. Los pagos a que se refieren los numerales 1) cuando se trate de pago a particulares y 4) de este artículo se realizarán previo remate de los bienes declarados en abandono, efectuado a través del Martillo del Banco Popular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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