Micelio

Artículo 412

Para El Pago De Las Deudas Que Se Contraigan Por La Adquisición De Equipo Para El Ministerio De Guerra, De Acuerdo Con El Ministerio De Hacienda $ 5

Decreto 1091 de 1952 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Guerra)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente, así: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO deuda publica nacional Capítulo 41. Del artículo 412. Para el pago de las deudas que se contraigan por la adquisición de equipo para el Ministerio de Guerra, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda $ 5.000.000.00 Suman los contracréditos $ 5.000.000.00 MINISTERIO DE GUERRA Capítulo 45. Al artículo 481. Para ampliación, sostenimiento y conservación de Bases y Unidades, arrendamientos y servicios de alumbrado, energía eléctrica, agua, teléfonos y comunicaciones, en el año $ 80.500.00 Al artículo 482. Para construcción de nuevos edificios e instalaciones en tierra, en el año 340.500.00 Al artículo 485. Para adquisición de unidades a flote, en el año 4.479.000.00 Al artículo 489. Para transportes, auxilios de marcha y viáticos, en el año 100.000.00 Suman los créditos $ 5.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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