Micelio

Artículo 2

Los Candidatos Que Integren Las Listas A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Deberán Llenar Los Requisitos Exigidos Por El Artículo 64 De La Ley 6ª De 1945, Esto Es: Ser Ciudadano Colombiano, Mayor De Veinticinco (25) Años, Abogado Titulado Y Versado En Derecho Del Trabajo, Gozar De Buena Reputación Y No Haber Sido Condenado En Ningún Tiempo A Cumplir Pena Aflictiva

Decreto 2000 de 1952 · Por el cual se establece el procedimiento para la primera elección de los Magistrados del Tribunal Seccional del Trabajo de Córdoba

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los candidatos que integren las listas a que se refiere el artículo anterior, deberán llenar los requisitos exigidos por el artículo 64 de la Ley 6ª de 1945, esto es: ser ciudadano colombiano, mayor de veinticinco (25) años, abogado titulado y versado en derecho del trabajo, gozar de buena reputación y no haber sido condenado en ningún tiempo a cumplir pena aflictiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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