Micelio

Artículo 1.2.4.2.8

Contenido De La Citación

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido de la citación . La citación debe contener como mínimo

a)

Modalidad de la sesión.

b)

Fecha, lugar, hora de inicio y cierre.

c)

Orden del día.

d)

Nombre y código que identifique el proyecto de inversión que se presente a consideración de los miembros de OCAD en la sesión.

e)

Resultados de la aplicación del sistema de evaluación basado en puntajes del que trata el Decreto Ley 1534 de 2017 o el que lo modifique, adicione o sustituya de los proyectos de inversión a ser financiados con la Asignación para la Paz para cada uno de los proyectos que se presenten a consideración de los miembros del OCAD.

f)

Información de otras decisiones que se presenten al OCAD. A la citación se deberá adjuntar el concepto técnico único sectorial de los proyectos objeto de la sesión. En todo caso, los requisitos solicitados en el presente Decreto y los demás que defina la Comisión Rectora para la toma de decisiones sobre los proyectos de inversión deben estar disponibles en el aplicativo que disponga el Departamento Nacional de Planeación para el efecto, desde el día de la citación. No podrá llevarse a cabo la sesión de OCAD sin haber suscrito el acta y el acuerdo de la sesión anterior. En consecuencia, estos documentos deben estar cargados en el aplicativo que disponga el Departamento Nacional de Planeación para el efecto antes del inicio de la sesión.

Parágrafo

En caso de no cumplirse las condiciones para realizar la sesión presencial de las que trata el inciso segundo del Artículo 1.2.4.2.4 del presente Decreto, por solicitud del presidente del OCAD podrá modificarse, la modalidad de la sesión de presencial a no presencial. Lo anterior, debe ser comunicado a los miembros del OCAD por la secretaría técnica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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