Micelio

Artículo 154

Ley 85 de 1916 · Sobre elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al consejo Escrutador, denominación bajo la cual se comprende también el Consejo Electoral de la capital del Departamento, que sea también capital del Distrito Electoral, hacer el escrutinio, declarar y comunicar la elección de Representantes al Congreso, por el respectivo Distrito Electoral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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