Micelio

Artículo 1

Ley 141 de 1937 · por la cual se hacen unas cesiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación entregará al Municipio tales inmuebles tan pronto como tenga construídos el cuartel militar en el lote cedido con tal fin para la referida entidad municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 141 de 1937