Micelio

Artículo 7

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sede y estructura de la Organización Internacional del Café.

1.

La organización internacional del café, establecida en virtud del Convenio de 1962, continuará existiendo a fin de administrar las disposiciones del Convenio y fiscalizar su aplicación.

2.

La Organización tendrá su sede en Londres, a menos que el Consejo, por mayoría distribuida de dos tercios, decida otra cosa.

3.

La Organización funcionará mediante el Consejo Internacional del Café, su Junta Ejecutiva, su Director Ejecutivo y su personal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Tratado