Micelio

Artículo 26

Decreto 3794 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de La Previsora S. A., Compañía de Seguros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia de Seguros . Son funciones de la Vicepresidencia de Seguros, las siguientes

1.

Formular las políticas, normas y procedimientos en materia de seguros, necesarias para la gestión de la entidad.

2.

Ejercer la representación legal que por delegación le haya sido otorgada por la Presidencia de la Compañía.

3.

Planear y orientar el proceso de suscripción de los riesgos, crear nuevos productos en coordinación con la Vicepresidencia Comercial y mejorar los existentes.

4.

Orientar y coordinar la contratación de cobertura de reaseguros, de tal forma que se logre la adecuada suscripción de contratos de seguros.

5.

Afianzar la posición alcanzada por la Compañía en los mercados nacional e internacional de aseguradores y reaseguradores.

6.

Enriquecer el portafolio de productos de la Compañía, elaborando planes y programas de acción para incursionar en nuevos campos y fortalecer los actuales, dirigiendo el desarrollo de sus diversas etapas.

7.

Divulgar las políticas, normas y procedimientos emitidos por los organismos de control y demás autoridades, respecto de los diferentes ramos de seguros.

8.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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