REVELACION EN LAS NOTAS. A fin de que la información contable cumpla con las cualidades de que trata el artículo 1º de este Decreto, se deben divulgar los hechos económicos relevantes, como los enunciados a continuación, ocurridos desde la fecha de los estados financieros hasta la de su emisión
Pérdidas resultantes de incendio, inundación, heladas, derrumbes, etc.
Emisión de bonos, de acciones o venta de cuotas de interés social.
Compra de un negocio o venta de un segmento del negocio.
Pérdidas de cuentas por cobrar originadas por condiciones que surgieron inmediatamente después de la fecha del balance general.
Fallo de un juicio después de la fecha del balance general.
Incumplimiento de acuerdos de crédito ocurridos después de la fecha del balance general.