Micelio

Artículo 12

Subdirección Administrativa Y Financiera

Decreto 2193 de 1997 · por el cual se establece la estructura interna y las funciones de la Dirección General de Sanidad Militar del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Administrativa y Financiera . Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera

a)

Planear, programar y colaborar con la Dirección General de Sanidad Militar en la administración del fondo-cuenta, el recaudo de las cotizaciones, cuotas moderadoras y pagos compartidos del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;

b)

Elaborar y presentar a la Dirección General de Sanidad Militar el programa general de administración, transferencia interna y aplicación de recursos para el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, con el fin de ser sometido a consideración del Comité de Salud de las Fuerzas Militares y del CSSMP;

c)

Presentar a consideración de la Dirección General de Sanidad Militar el diseño de los sistemas de control de costos del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;

d)

Controlar y coordinar la ejecución del presupuesto fondo-cuenta;

e)

Apoyar a la Dirección General de Sanidad Militar en la consecuencia de recursos adicionales para optimizar el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;

f)

Planear, coordinar y controlar los aspectos presupuestales, contables y de tesorería del fondo-cuenta, a través de la División de Gestión Financiera;

g)

Coordinar con la Subdirección de Servicios de Salud y la Subdirección Técnica la elaboración del anteproyecto del presupuesto de inversión y funcionamiento para el servicio de salud operacional y asistencial del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, para someterlo a consideración de la Dirección General de Sanidad Militar;

h)

Asesorar a la Dirección General de Sanidad Militar en la formulación y ejecución de políticas, normas y procedimientos para la administración y desarrollo del personal;

i)

Diseñar e implementar el programa de salud ocupacional para los servidores públicos pertenecientes a la Dirección General de Sanidad Militar

j)

Dirigir y controlar el funcionamiento de los servicios de apoyo logístico y administrativo de la Dirección General de Sanidad Militar;

k)

Coordinar con la Dirección de Sanidad de cada una de las fuerzas, la actualización de la información referente al recurso humano, material y equipo, necesarios para el desarrollo de la sanidad en campaña; I) Dirigir la elaboración del Plan de Desarrollo Hospitalario y supervisar el cumplimiento de los procesos de interventoría determinados por la Dirección General de Sanidad Militar; m) Asesorar a la Dirección General de Sanidad Militar y a las dependencias en los asuntos de índole legal; n) Estudiar, analizar y conceptuar sobre los asuntos que sean sometidos a su consideración y coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la Dirección General de Sanidad Militar; o). Asesorar a la Dirección General de Sanidad Militar en la celebración de convenios y contratos que deba suscribir el Director General de Sanidad Militar; p) Las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Sanidad Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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