Micelio

Artículo 58

Decreto 2550 de 2010 · Por el cual se regula la aplicación de derechos "antidumping".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Término para la devolución . Las devoluciones de derechos definitivos pagados en exceso se autorizarán por la Dirección de Comercio Exterior mediante resolución motivada dentro de un plazo máximo de 4 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud por parte del importador. Toda devolución se efectuará por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en un plazo no mayor de 2 meses después de la autorización correspondiente.

Parágrafo

Los términos aquí expresados no operarán, cuando la determinación de aplicar los derechos "antidumping" definitivos objeto de una investigación, está sujeta a un procedimiento de revisión judicial. CAPÍTULO VII Compromisos relativos a precios

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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