Decreto 1452 de 1987 · por el cual se expide el Estatuto de Transporte de carga y deroga el Decreto número 2330 de julio 22 de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS Y CONDUCTORES DE LOS VEHICULOS DE SERVICIO PUBLICO DE CARGA. Son obligaciones de los propietarios de vehículos de servicio público y de sus conductores
a)
Realizar el mantenimiento de los vehículos;
b)
Facilitar el propietario al conductor, la Tarjeta de Operaciones;
c)
Suministrar oportunamente las informaciones que requiera el Instituto Nacional del Transporte.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.