° Solo podrán usarse en la fabricación de cervezas materias primas que reúnan las siguientes condiciones
Los granos y el lúpulo deben estar exentos de mohos, insectos y larvas, y de substancias químicas venenosas provenientes de la fumigación de los granos;
El agua debe ser química y bacteriológicamente potable;
Las levaduras deben ser cultivos puros exentos de contaminaciones patógenas;
Los azucares podrán ser agregados al mosto en forma sólida o en jarabes, y deben estar exentos de mohos, insectos y larvas;
El mosto clarificado, obtenido después de las operaciones de braceado, será sometido a una ebullición vigorosa por un tiempo no menor de media hora, y luego se procederá a su enfriamiento hasta la temperatura inicial de fermentación. La adición de la levadura se efectuará inmediatamente después del enfriamiento;
La fermentación será controlada por refrigeración adecuada, no debiendo pasar la temperatura de veinte grados centígrados;
Terminada la fermentación, se filtrará la cerveza y será llevada a las cavas de enfriamiento;
Para la estabilización biológica de la cerveza, se consideran como procesos normales la pasteurización a temperatura de sesenta grados centígrados durante un tiempo mínimo de quince minutos, o cualquiera otro procedimiento como filtración estéril, rayos ultravioletas, etc., previa revisión y aceptación del mismo por el Instituto Nacional de Higiene.