Patrimonio . El patrimonio del Consejo Nacional de Profesiones Internacionales y afines, estará integrado por
Las cuotas por concepto de la inscripción de los profesionales de que trata el artículo 1º de la Ley 556 del 2 de febrero de 2000;
Los ingresos por concepto de la expedición de las correspondientes constancias y certificaciones;
Los aportes y donaciones que reciba de cualquier entidad.
Cualquier otro ingreso que reciba por concepto de servicios.